Se dan a conocer las fechas de recepción de trámites ante la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, durante dicho periodo vacacional:
- El último día de recepción de Certificados de Origen Emergentes, Registros de cuestionarios emergentes, Cupos con fin de vigencia al 31 de diciembre de 2021 y Permisos de Exportación de Azúcar, será el miércoles 15 de diciembre de 2021 hasta las 18:00 horas. (Todo lo que sea recibido con posterioridad a la fecha y hora señalada, se emitirán en enero de 2022)
- El día jueves 16 de diciembre de 2021 hasta las 18:00 horas será el último día de recepción de los siguientes trámites a efecto de que se emitan este mismo año: Permisos de Calzado, Textil y Confección; Certificados de Origen ALADI y TLC Panamá, Certificados de Origen que se emiten de manera física en papel seguridad Unión Europea, AELC, TLC Japón y SGP (conforme a las disposiciones actuales); y, Avisos de Tomate. (Todo lo que se reciba en fecha y hora posterior a lo señalado, se emitirá en enero de 2022).
- El día viernes 17 de diciembre de 2021 hasta las 18:00 horas será el último día de recepción de Certificados de Cupos TPLs.
- Los layouts de las Normas Oficiales Mexicanas que se remiten vía correo electrónico, se seguirán compilando en el periodo vacacional, pero únicamente se enviará la información a validación al SAT y se publicará en el SNICE, los días martes 21 y 28 y los jueves 23 y 30 de diciembre de 2021. El corte se realizará a las 11:00 horas de los días previamente mencionados.
- Los plazos de respuesta de los trámites que se llevan ante esta Dirección General, incluidos aquellos que se tramitan a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM), se suspenderán durante el periodo vacacional y se reanudarán el primer día hábil de enero de 2022, salvo lo siguiente: Las solicitudes de los avisos automáticos de productos siderúrgicos se seguirán recibiendo durante el periodo vacacional, pero únicamente los días martes 21 y 28 y los jueves 23 y 30 de diciembre de 2021 se emitirán las resoluciones.
- En los casos no previstos en el presente boletín, la información y documentación que se remita durante el periodo vacacional a los correos electrónicos habilitados por esta Dirección General no se considerarán recibidos, por lo que, se deberán reenviar a partir del primer día hábil de enero de 2022.
Consulta el Boletín en la Circular G-0464/2021, en la base de datos de CAAAREM.
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