Actividad Aduanera

Tasa del IGI para mercancías originarias de Chile

La Secretaría de Economía mediante publicación en el DOF el día 18 de agosto, publica el Acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable del IGI para las mercancías originarias de la República de Chile.

El presente Acuerdo entrará en vigor en el mismo día en que entre en vigor la Nueva Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE 2022).

TASA DEL IGI PARA MERCANCÍAS ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA DE CHILE

Se encontrarán gravadas como marca la TIGIE en su artículo 1°, mercancías tales como: crustáceos congelados, vivos, frescos o refrigerados tales como langostas, bogavantes, camarones, Reproductores y postlarvas de camarones peneidos y langostinos para acuacultura, leche evaporada, queso fresco, uvas frescas, trigo para siembra, maíz blanco, aceite en bruto, entre otras.

Los automóviles de turismo, y demás vehículos concebidos principalmente para el transporte de personas, incluidos los del tipo familia, de la Partida 87.03, se encontrarán exentos de arancel siempre que sean originarias de la República de Chile, además de cumplir con lo establecido en el párrafo 2 del Anexo al artículo 3-15 del Tratado.

Las mercancías como leche en polvo y malta originarias de la región conformada por México y Chile, comprendidas en las fracciones arancelarias que se señalan en archivo adjunto recibirán las preferencias arancelarias,  siempre que:

  1. Las mercancías que sean originarias de Chile.
  2. El importador transmita y presente como anexo al pedimento de importación un permiso de importación con trato preferencial expedido por la Secretaría de Economía.
Consulta el Decreto en la Circular G-0316/2022, en la base de datos de CAAAREM.

 

Contrata Database Consulting para tener acceso a las circulares.

 

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  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.