Actividad Aduanera

Tasa aplicable de IGI TIPAT Chile

Se reforma la denominación del Acuerdo, el punto Primero, del punto Tercero al Décimo Séptimo, y los puntos Vigésimo Primero y Vigésimo Séptimo, del Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa Aplicable del IGI para las mercancías originarias de la región conformada por México, Australia, Brunéi, Canadá, Chile, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Perú, Singapur y Vietnam, que corresponden a Australia, Canadá, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Perú y Singapur, publicado en el DOF el 05 de septiembre de 2022.

Lo anterior con la finalidad de añadir a Chile dentro de la denominación y en el texto del Acuerdo en mención, debido a que desde el día de hoy entra en vigor el TIPAT para dicho país.

Consulta la Circular G-0043/2023, en la base de datos de CAAAREM.

 

Contrata Database Consulting para tener acceso a las circulares.

 

error: ¡Contenido protegido!

El único Prevalidador de pedimentos con un servicio integral de 360º

Revisión integral de todas las categorías normativas al comercio exterior

  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.