Se reforma la denominación del Acuerdo, el punto Primero, del punto Tercero al Décimo Séptimo, y los puntos Vigésimo Primero y Vigésimo Séptimo, del Acuerdo por el que se da a conocer la Tasa Aplicable del IGI para las mercancías originarias de la región conformada por México, Australia, Brunéi, Canadá, Chile, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Perú, Singapur y Vietnam, que corresponden a Australia, Canadá, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Perú y Singapur, publicado en el DOF el 05 de septiembre de 2022.
Lo anterior con la finalidad de añadir a Chile dentro de la denominación y en el texto del Acuerdo en mención, debido a que desde el día de hoy entra en vigor el TIPAT para dicho país.
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