Actividad Aduanera

Tasa aplicable de IGI para mercancías originarias de Chile

La importación de mercancías estará exenta del pago de arancel, salvo aquellas mercancías para las que se indique lo contrario en el presente Acuerdo. 

La importación de mercancías originarias de la región conformada por México y Chile, comprendidas en las fracciones arancelarias listadas en este punto, estará sujeta a la tasa prevista en el artículo 1o. de la LIGIE, sin reducción alguna.

 

 

Consulta más detalles en la Circular G-0585/2020, en la base de datos de CAAAREM. 

 

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  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.