Actividad Aduanera

Suspensión de la emisión de Certificados de Origen para Exportaciones a Brasil al amparo del ACE 55

La Secretaría de Economía publicó en su sitio de internet “SNICE”, el Aviso por el que se comunica la suspensión de la emisión de Certificados de Origen para Exportaciones a Brasil al amparo del quinto protocolo al Apéndice II del AAP.CE 55 para las Normas de Origen, Artículo 5º, párrafo I, incisos c) y d).

  • A partir del 26 de agosto de 2020 queda suspendida la expedición de certificados de origen para las autopartes que se destinen a la manufactura de un vehículo automotor ensamblado en territorio de Brasil, comprendidas en el literal d), del artículo 1° del Apéndice II bajo las normas de origen Artículo 5° párrafo I, incisos c) y d), en tanto que los gobiernos de México y Brasil alcancen un acuerdo mutuamente satisfactorio respecto al alcance y aplicación del Artículo 5° del Quinto Protocolo Adicional al Apéndice II.
  • Derivado del punto anterior, no se emitirán los certificados, para estos criterios, para las solicitudes ingresadas en la VUCEM a partir de las 21:00 horas del lunes 24 de agosto.
  • Para evitar que se emitan certificados de origen que podrían ser rechazados, la DGFCCE dejará de autorizar Registros de Productos Elegibles (RPE) para autopartes destinadas a Brasil, y quedarán suspendidos los que han sido autorizados hasta la fecha.
  • Será posible utilizar las normas de origen establecidas en el Artículo 5° párrafo I, incisos c) y d) para autopartes que se destinen a la manufactura de un vehículo automotor ensamblado en territorio mexicano al amparo del AAP.CE Nº 55, bajo las normas de origen Artículo 5°, párrafo I, incisos c) y d).
  • Si las autopartes a exportar cumplen con un Índice de Contenido Regional de al menos 40%, podrán seguir tramitando sus RPE y solicitando sus certificados de origen bajo el procedimiento habitual bajo la norma Quinto Protocolo Adicional, Artículo 4°.

 

Consulta el oficio en la Circular G-0346/2020, en la base de datos de CAAAREM.

 

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