Producto: Jaladeras de acero y de zamac
Fracción arancelaria | 8302.42.03 y 8302.49.99 de la TIGIE, o por cualquier otra. |
País de Origen
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República Popular China, independientemente del país de procedencia
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Tipo de Resolución
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Resolución Final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria
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Resolución de la Autoridad
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Se declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de jaladeras de acero y de zamac originarias de China, independientemente del país de procedencia
Se elimina la cuota compensatoria definitiva de 10.21 dólares por kilogramo.
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Consulta la publicación en la Circular G-0224/2022, en la base de datos de CAAAREM.
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