Se deja sin efecto la suspensión establecida por la Resolución Nº 118 de fecha 23 de marzo de 2020, restableciéndose los efectos de la Resolución Nº 1.347 de fecha 29 de noviembre de 2019 en relación a las medidas antidumping aplicadas para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de disoluciones parenterales que contengan cloruro de sodio o dextrosa, estériles, en sistemas cerrados de infusión, para envases con capacidad superior o igual a CERO COMA UN LITRO (0,1 l) pero inferior o igual a UN LITRO (1 l), originarias de la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL y de los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Consulta los antecedentes en la Circular G-0427/2021, en la base de datos de CAAAREM.
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