Actividad Aduanera

Resolución que modifica a la diversa que establece las reglas de carácter general relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del TLC entre México y Uruguay

Certificado de Origen

  1. Se adiciona el campo: “Identificación del certificado de origen (número)”.
  2. Se eliminan los actuales campos 8. “Valor de Contenido Regional” y 9 “Otras Instancias”.
  3. Se eliminan los datos de Ciudad y País del campo 12 “Validación del certificado de origen”.

 

Instructivo de llenado del Certificado de Origen

  1. Se incorpora la descripción para el Campo 1 “Identificación del certificado de origen (número)”, correspondiente al Número asignado por la autoridad competente o la entidad habilitada de la Parte exportadora.
  2. “Descripción de los bienes”: se le incorpora la precisión de que aquella descripción deberá ser suficientemente detallada e incluir las cantidades de mercancía.
  3. Se introduce la precisión de indicar el número de hojas que componen el certificado (Campo 9).

 

Criterios

  1. Los Certificados que se hayan emitido con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la Resolución, seguirán siendo válidos durante el plazo de su vigencia.
  2. Los certificados de origen que se emitan hasta el 18 de marzo de 2021de conformidad con el formato anterior, serán válidos durante el plazo de su vigencia.

 

 

Consulta toda la información en la Circular G-0053/2021, en la base de datos de CAAAREM.

 

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  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.