Su entrada en vigor será el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8. tercer párrafo de la RMF A continuación, detallamos lo mas relevante de la publicación:
Días Inhábiles (2.1.6)
Se adiciona la referencia la segundo periodo general de vacaciones del 2021, el cual comprende los días del 20 al 31 de diciembre de 2021.
Características de seguridad de los marbetes y precintos (5.2.6)
Se reforma la presente regla, respecto a la fracción I se adiciona la palabra “físicos”, por lo que la fracción I estable las características de seguridad de la impresión calcográfica de los marbetes físicos de bebidas alcohólicas.
Respecto a la fracción II se adicionan algunas precisiones a las características de la Impresión digital del marbete electrónico de bebidas alcohólicas.
Consulta los detalles en la Circular G-0469/2021, en la base de datos de CAAAREM.
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