Actividad Aduanera

Recordatorio entrada en vigor RGCE 2.4.2, 2.4.3 y 2.4.10

Referente a la Primera Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2020, se hace un recordatorio respecto a las Reglas que entran en vigor el próximo 22 de septiembre del año en curso:

  • Procedimiento para efectuar el despacho por lugar distinto al autorizado (RGCE 2.4.2.)

En la fracción I “Importación” y fracción III “Transito Internacional” para el caso de la obligación de rectificar cuando la cantidad declarada en el pedimento sea inferior a la asentada en el certificado de peso o volumen, o bien a la determinada por el sistema de pesaje o medición, se establecen porcentajes específicos para cierta mercancía (antes mencionaba en más de un 2% de manera general).

 

  • Autorización para la introducción o extracción de mercancías de territorio nacional, mediante tuberías, ductos, cables u otros medios susceptibles de conducirlas (RGCE 2.4.3.)

Para el caso en el que la cantidad de mercancía declarada en el pedimento pueda tener una diferencia mensual, se establecen porcentajes específicos para cierta mercancía (antes mencionaba de hasta un 5% de manera general).

 

  • Procedimiento de exportación de combustible en las embarcaciones (RGCE 2.4.10.)

Para el caso de la obligación de rectificar cuando la cantidad declarada en el pedimento presente una variación a la asentada en el certificado de peso o volumen, se establecen porcentajes específicos para cierta mercancía (antes mencionaba en más de un 2% de manera general).

 

 

Consulta las fracciones y porcentajes correspondientes en la Circular G-0372/2020, en la base de datos de CAAAREM

 

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  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.