Actividad Aduanera

Proyecto de Evaluación de la Conformidad NOM-223-SCFI/SAGARPA-2018

Se publicó el “Proyecto de procedimiento de evaluación de la conformidad de la Norma Oficial Mexicana NOM-223-SCFI/SAGARPA-2018, Queso-Denominación, especificaciones, información general y métodos de prueba”, para consulta pública.

Dentro del plazo de 60 días naturales después del día inmediato posterior a su publicación en el DOF, los interesados podrán presentar sus comentarios ante:

  • A. La Secretaría de Economía
  • B. La SADER

Objetivo:

Establecer el procedimiento mediante el cual los productores o responsables de los productos objeto de la NOM-223-SCFI/SAGARPA-2018 , de fabricación nacional o extranjera demuestren la conformidad de sus productos con aquella NOM, en su comercialización dentro del territorio nacional para cualquier uso o consumo, ya sea producto a granel, producto preenvasado o materia prima.

Procedimiento de Evaluación de la Conformidad (PEC):

El productor o responsable del producto deben llevar a cabo la evaluación de la conformidad de los productos objeto de la NOM cuyo PEC se regula a través del presente Proyecto.

Esquemas de certificación de producto (4.1):

  1. Por lote de producto o familia de producto, a través de una Unidad de Inspección Tipo A acreditada y aprobada para el caso de nacionales o reconocida por la autoridad competente en el país de origen en el caso de extranjeros, y un Laboratorio de Pruebas Acreditado y aprobado (nacionales) o reconocido por la autoridad competente en el país de origen;
  2. Pruebas periódicas al producto o familia de producto y revaluación de proceso de fabricación del producto, a través de una Unidad de Inspección Tipo A acreditada y aprobada para el caso de nacionales o reconocida por la autoridad competente en el país de origen en el caso de extranjeros, y un Laboratorio de Pruebas Acreditado y aprobado (nacionales) o reconocido por la autoridad competente en el país de origen;
  3. Por certificación de producto bajo el esquema de pruebas periódicas al producto y auditoría al control del proceso de producción, a través de un Organismo de Certificación acreditado y aprobado (nacionales) o reconocido por la autoridad competente en el país de origen (extranjeros)

Consulta los criterios en la Circular G-0050/2022, en la base de datos de CAAAREM.

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  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.