Se han presentado diversas dudas respecto a la vigencia de los certificados de origen expedidos al amparo del APP No.38, emitidos con anterioridad a la publicación del “Decreto por el que se abroga el diverso que establece las bases conforme a las cuales se aplicará el Acuerdo de Alcance Parcial No. 38, suscrito entre México y Paraguay”, por lo que se realizaron las gestiones correspondientes ante la SE.
En este sentido la DGAMB tiene a bien emitir a través del Oficio No. DGAMB.102.VI.2021, el cual dispone:
- Los certificados de origen expedidos al amparo del AAP No.38 continúan vigentes en los términos en que fueron expedidos.
- El AAP No.38 no ha sido abrogado por ningún instrumento y continua vigente, lo que el Decreto citado anteriormente abroga es el “Decreto que establece las bases conforme a las cuales se aplicara el AAP38, el cual no reflejaba las obligaciones asumidas por México en el marco del AAP No.38, en términos de la LIGIE vigente.
Consulta los detalles en la Circular G-0235/2021, en la base de datos de CAAAREM.
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