Causales de suspensión en los padrones (Regla 1.3.3.)
Se modifica la presente regla para indicar que respecto a la suspensión del padrón de Importadores de Sectores Específicos o en el Padrón de Exportadores Sectorial, si el supuesto que se configure resulta aplicable solamente a uno de los sectores del Padrón de Importadores de Sectores Específicos o del Padrón de Exportadores Sectorial se podrá suspender al contribuyente únicamente en el o los sectores que correspondan, de acuerdo al incumplimiento de que se trate.
Consulta la Resolución anticipada en la Circular G-0268/2021, en la base de datos de CAAAREM.
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