La Secretaría de Economía, publicó en el D.O.F. la NOM-173-SE-2021, misma que entrará en vigor a los 180 días naturales después de su publicación, y con ello se cancela la Norma Oficial Mexicana NOM-173-SCFI-2009, Jugos de frutas preenvasados-Denominaciones, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba.
Objetivo y campo de aplicación (Numeral 1)
La presente Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer las especificaciones de las denominaciones de producto y la información comercial que debe contener el etiquetado de los productos preenvasados destinados al consumidor final, de fabricación nacional o extranjera, que se comercialicen en territorio nacional con las denominaciones de jugo, agua de coco, néctar, bebidas no alcohólicas con un contenido de vegetal o fruta u hortaliza y bebidas saborizadas no alcohólicas haciendo referencia a sabores de vegetales o frutas u hortalizas.
Consulta los detalles en la Circular G-0086/2022, en la base de datos de CAAAREM.
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