En relación al cupo de importación de azúcar en el marco del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Centroamérica integrado por Costa Rica, el Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, la autoridad ha ha detectado operaciones aplicando una preferencia arancelaria preferencial sin que al efecto se hubiera emitido algún Acuerdo para establecer un cupo para la importación de azúcar originaria de los citados países.
Nota: Al día de hoy no existe un cupo unilateral ni preferencial vigente o que haya sido publicado en acuerdo oficial que tenga vigencia a partir del 01 de enero de 2019.
Con base en lo anterior, la Secretaria de Economía informa que no ha expedido permisos de importación de azúcar que permita un trato arancelaria preferencial o con el que se prevea omitir el pago del arancel al amparo de cualquier tratado, incluido el TLC con Centroamérica.
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