Actividad Aduanera

NO aplicación de multas y sanciones en el uso del CFDI

Hacemos de su conocimiento que en la página web del SAT, se públicó un comunicado titulado:”El SAT amplía el plazo para la no aplicación de multas y sanciones en el uso de la factura con complemento Carta Porte”

En el cual se dispone que con el compromiso de mejorar los trámites y servicios para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y con el objetivo de continuar con la reactivación económica y que el sector transporte se adapte al uso de la factura electrónica con complemento Carta Porte, se amplía al 31/12/2022 el plazo para la no aplicación de multas y sanciones en caso de que la misma no se emita cumpliendo todos los requisitos aplicables.

Consulta el oficio en la Circular G-0320/2022, en la base de datos de CAAAREM.

 

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