Se pone a disposición el incremento del cupo para exportar azúcar , del periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021, para exportar azúcar con polarización menor a 99.2 grados tal como se produce y se mide en seco, equivalente a 50,000 toneladas cortas valor crudo que se convierten a toneladas métricas valor crudo, dividiendo entre el factor 1.10231125, dando como resultado:
Monto | Unidad de Medida |
45,359.240 | Toneladas métrica valor crudo. |
Consulta el criterio de asignación en la Circular G-0180/2021, en la base de datos de CAAAREM.
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