Actividad Aduanera

Modificaciones al Acuerdo de la Secretaría de Salud

Se reforma dicho Acuerdo con la finalidad de dar a conocer la clasificación arancelaria de productos sujetos al cumplimiento de Autorización Sanitaria, previa de Importación o exportación, para quedar como sigue:

Anexo I del Acuerdo de Salud

Se adicionan al inciso c) y j) de dicho Anexo para sujetarse Autorización Sanitaria previa de Importación o exportación según sea el caso, las fracciones arancelarias: 2915.90.18 y 2915.90.99.

Así mismo, dentro del mismo Anexo, se modifica la acotación de la fracción arancelaria 2933.39.24 aplicable para los incisos c) y j), en la que se observa la adiciones de las siguientes mercancías: N-Fenil-4-piperidinamina (4-AP) y Diclorhidrato de N-Fenil-4- piperidinamina (4-AP).

Consulta el Decreto en la Circular G-0048/2022, en la base de datos de CAAAREM.

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  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.