La Dirección General de Inspección Fitozoosanitaria comunica que la Dirección General de Sanidad Vegetal ha realizado diversas modificaciones a claves de combinación en el Módulo de Consulta de Requisitos Fitosanitarios que se detallan en el Anexo adjunto al oficio en comento, para considerar lo siguiente:
Se dividió el uso de “Consumo y/o industrial” en:
- “Alimentación humana”.
- “Excepto alimentación humana” y se homologó al término de “grano convencional”.
Para las claves de combinación con uso “Alimentación humana”,se adecuo para agregar la leyenda genérica:
“Los vegetales, sus productos o subproductos autorizados por el SENASICA podrán ser libremente importados para su comercialización. Una vez que han cumplido con las medidas de mitigación de riesgo para prevenir la introducción y diseminación de plagas agrícolas”
Consulta el Anexo en la Circular G-0106/2021, en la base de datos de CAAAREM.
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