Actividad Aduanera

Modificación al Acuerdo de normas para la determinación de país de origen

Modificaciones:

Se agrega un segundo párrafo al artículo cuarto para establecer la obligación de transmitir a través del sistema electrónico aduanero como anexo al pedimento de importación, una declaración de origen debidamente llenada y firmada por el exportador o productor de las mercancías sujetas a cuotas compensatorias en territorio nacional.

El importador de una mercancía idéntica o similar a aquella por la que, de conformidad con la resolución respectiva, deba pagarse una cuota compensatoria provisional o definitiva, no estará obligado a pagarla si prueba a través de la declaración a que se refiere el artículo tercero del presente instrumento, que el país de origen o procedencia es distinto al de las mercancías sujetas a cuotas compensatorias.

El formato de “declaración de origen” deberá transmitirse a través del SEA, como anexo al pedimento de importación. 

Consulta el Acuerdo en la Circular G-0059/2022, en la base de datos de CAAAREM.

Contrata Database Consulting para tener acceso a las circulares.

error: ¡Contenido protegido!

El único Prevalidador de pedimentos con un servicio integral de 360º

Revisión integral de todas las categorías normativas al comercio exterior

  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.