Se dio a conocer el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la LIGIE.
Se modifica temporalmente el arancel de exportación de la fracción arancelaria 1005.90.04 donde se clasifica el Maíz blanco (harinero), para quedar de la siguiente manera:
Código | Descripción | Unidad | Cuota (arancel) | Acotación | |
IMP | Exp | ||||
10.05 | Maíz | ||||
1005.90.04 | Maíz blanco (harinero). | Kg | Ex | 50 | En importación, únicamente para consumo humano (no genéticamente modificado). |
Nota: IGE= 50% (hasta el día de hoy el Impuesto General de Exportación se mantenía Ex).
Cabe señalar que lo anterior se establece para garantizar un abasto suficiente, mantener la producción nacional en nuestro país y asegurar condiciones de mercado que permitan estabilizar su precio.
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