Actividad Aduanera

Inicio de investigación antidumping

Producto: Ferromanganeso

Fracciones arancelarias 7202.11.01 y al amparo de la Regla Octava por la fracción arancelaria 9802.00.13

de la TIGIE o por cualquier otra.

País de origen República de la India, independientemente del país de procedencia.
Régimen Definitivo y temporal
Tipo de Resolución Resolución de inicio de revisión de la cuota compensatoria.
Resolución de la autoridad Se fija como periodo de investigación el comprendido del 1 de julio de 2020 al 30 de junio de 2021 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de julio de 2018 al 30 de junio de 2021.

 

La Secretaría podrá aplicar, en su caso, las cuotas compensatorias definitivas sobre los productos que se hayan declarado a consumo 90 días como máximo antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales.

 

Los productores nacionales, los importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de esta investigación, contarán con un plazo de 23 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar su respuesta al formulario oficial establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que estimen pertinentes.

 

Consulta la Circular G-0107/2022, en la base de datos de CAAAREM.

Contrata Database Consulting para tener acceso a las circulares.

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  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.