Con relación al Acuerdo por el que se sujeta a permiso automático previo las exportaciones de diversas mercancías de acero publicado en el DOF 28/08/2020, el cual entro en vigor el día de hoy 4/09/2020, comunica lo siguiente:
- Para las mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias listadas en el Anexo I del citado Acuerdo, se deberá declarar en el pedimento la clave C6 “Permiso previo de exportación o aviso de la Secretaría de Economía”conforme al Apéndice 9 del Anexo 22 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020.
- Dicha clave será exigible en la exportación definitiva, exportación temporal, retorno en el mismo estado y para elaboración, transformación y reparación, conforme a las claves de pedimento que se detallan en el mismo boletín.
Consulta los detalles en la Circular G-0357/2020, en la base de datos de CAAAREM.
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