Actividad Aduanera

Importación al amparo de certificados NOM-001-SCFI-1993 vigentes

Referente al “Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior”, que en su quinto transitorio, hace mención a, los certificados de conformidad que se expidieron conforme a la NOM-001-SCFI-1993 “aparatos electrónicos de uso doméstico alimentados por diferentes fuentes de energía eléctrica-requisitos de seguridad y métodos de prueba para la aprobación de tipo”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre de 1993, mantendrán su vigencia, hasta el término señalado en ellos, para dar cumplimiento a la NOM-001-SCFI-2018.

 

Por lo que, para poder llevar a cabo la importación de mercancías sujetas al cumplimiento de la NOM-001-SCFI-2018, se deberá declarar en el pedimento la NOM para la cual fue otorgado el certificado.

 

Consulta los detalles en la Circular G-0375/2020, en la base de datos de CAAAREM.

 

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  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.