Producto: Placa de acero en rollo
Fracción Arancelaria: 7208.10.03, 7208.25.02, 7208.37.01 y 7225.30.07 o por cualquier otra.
Resolución de la autoridad:
- Se declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria.
- Se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria definitiva de 29.30%, por cinco años más, contados a partir del 8 de junio de 2021.
La cuota compensatoria definitiva, se aplicará sobre el valor en aduana declarado en el pedimento correspondiente.
Se determina la imposición de la cuota compensatoria de 29.30% a las importaciones de placa de acero en rollo aleada al boro, con ancho mayor o igual a 600 milímetros (mm), espesor superior o igual a 4.75 mm, pero inferior o igual a 10 mm, con un contenido de boro igual o superior a 0.0008%, que ingresaban por la fracción arancelaria 7225.30.03 de la TIGIE y que actualmente ingresan por la fracción arancelaria 7225.30.07 de la TIGIE, originarias de Rusia.
Consulta la Circular G-0446/2022, en la base de datos de CAAAREM.
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