Actividad Aduanera

Excepción del cumplimiento de NOM´s (Regla 2.4.11)

El texto de la antigua fracción IX del numeral 10 del Anexo 2.4.1. del “Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior”, se elimina.

Se adicionan dos fracciones para la excepción del cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas: Fracción IX para empresas de mensajería y paquetería y IX BIS para otras figuras.

En el texto se cambio la referencia “cuyo valor conjunto del embarque no exceda de mil dólares de los Estados Unidos de América” por “cuyo valor en aduana no exceda de mil dólares de los Estados Unidos de América”.

Consulta los antecedentes en la Circular G-0177/2022, en la base de datos de CAAAREM.

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  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
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