las transmisiones a que se refieren las RGCE 1.9.11., 3.1.22., 4.6.8. y 4.6.9., les recordamos que el 17/09/2020 se habilitó para tal efecto a la aduana de Tijuana por lo que, para el despacho de mercancías por medio de transporte ferroviario para la citada aduana, se estará a lo dispuesto en la hoja informativa de referencia, en cuanto al esquema operativo que se da a conocer en la Hoja Informativa No. 21.
Consulta el esquema operativo en la Circular T-0130/2020, en la base de datos de CAAAREM.
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