Se solicita que para el ingreso de las siguientes mercancías: productos lácteos, alimentos para perros y gatos, carne, vísceras, aditivos, complementos y suplementos para consumo animal; sean presentadas en pallets o no se autorizará la importación.
Para ver la información completa consulta la circular G-0012/2020 en la base de datos CAAAREM.
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