Se establece como segundo período general de vacaciones del 2022, el que comprende los días del 19 al 30 de diciembre de 2022.
Durante dicho periodo no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas de la ANAM
NOTA: Toma las medidas preventivas necesarias para evitar afectaciones en los tramites llevados a cabo por dicha Agencia.
Consulta la Circular G-0489/2022, en la base de datos de CAAAREM.
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