El periodo vacacional correspondiente al segundo semestre del año 2021 comprende los días que a continuación se indican:
El 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre de 2021
Los días que a continuación se indican se considerarán inhábiles con suspensión de labores para la SEMARNAT:
- 07 de febrero, en conmemoración del 5 de febrero,
- 21 de marzo,
- 14 y 15 de abril, 05 de mayo,
- 16 de septiembre,
- 02 de noviembre,
- y 21 de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre.
Los días que a continuación se indican se considerarán inhábiles sin suspensión de labores para la SEMARNAT:
- 01 de septiembre.
Durante los días citados, no se computarán los plazos y términos correspondientes en los procedimientos administrativos que se substancien ante la SEMARNAT, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados.
Consulta el Acuerdo en la Circular G-0471/2021, en la base de datos de CAAAREM.
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