- Se crea la fracción arancelaria 8702.90.08 “Trolebuses usados”, sujeta a un 15% de arancel a su importación y exenta a la exportación.
- En la descripción de la fracción arancelaria 8702.90.01 (Trolebuses), se incluye la excepción de “usados”, y para la fracción arancelaria 8702.90.06 (Usados, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 8702.90.01), se incluye dentro de su excepción la nueva fracción arancelaria 8702.90.08., creada a través de éste Decreto.
- Se modifica el arancel de la fracción arancelaria 8702.90.01 “Trolebuses, excepto usados”, para quedar exenta a la importación (antes tenía 15% de arancel a la importación).
Consulta los detalles en la Circular G-0426/2020, en la base de datos de CAAAREM.
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