Actividad Aduanera

Decreto por el que se abrogan los diversos de Declaratorias de las ZEE

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Autoridad Federal para el Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales, deberá realizar todas aquellas acciones que permitan dar por concluidas las obligaciones o compromisos que contrajo el Gobierno Federal con las entidades federativas, municipios y particulares, que, en su caso, se encuentren vigentes a la fecha de la entrada en vigor de este Decreto, en razón de las Declaratorias de las Zonas Económicas Especiales referidas en el artículo Primero del presente instrumento.

 

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  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.