Se establece una Dispensa temporal, para ciertos insumos y bienes textiles producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio, con la finalidad de que reciban trato arancelario preferencial establecido en el Tratado de Libre Comercio.
Dicha Dispensa Temporal se muestran a continuación:
Se otorga del periodo 10 de diciembre del 2021 al 28 de junio del 2022, para la elaboración de ciertos bienes textiles, tales como: “sostenes (corpiños); bragas (bombachas, calzones) (incluso las que no llegan a hasta la cintura)”, de fibras sintéticas o artificiales, utilizando el material producido u obtenido fuera de la zona de libre comercio que se muestra a continuación:
Únicamente para Poliamida 6.6 Texturizada SM red 33/34/1, 33 Dx, 34 filamentos, 1 cabo.
Consulta el monto de la dispensa en la Circular G-0466/2021, en la base de datos de CAAAREM.
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