Actividad Aduanera

Cupos de exportación e importación de mercancías textiles y prendas de vestir no originarias – TMEC

Se publicó el Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se dan a conocer los cupos de exportación e importación de mercancías textiles y prendas de vestir no originarias, susceptibles de recibir el trato arancelario preferencial, conforme al TMEC.

  • Se precisa que las personas físicas o morales establecidas en los Estados Unidos Mexicanos que cuenten con monto autorizado bajo el Procedimiento de Asignación directa o Licitación Pública, primero deberán agotar el monto autorizado que corresponda a estos. Procedimientos de Asignación, y una vez agotado su cupo, podrán solicitar la asignación de cupo bajo el Procedimiento de Asignación directa en la modalidad de Primero en Tiempo, Primero en Derecho.
  • Los montos de los certificados de elegibilidad cancelados serán reintegrados al monto del cupo bajo la modalidad de Primero en Tiempo, Primero en Derecho, para ser distribuidos nuevamente entre las empresas que los soliciten y, en su caso, hasta por el monto máximo que les corresponda conforme a lo señalado en el Punto anterior.
  • Para solicitar el monto del cupo mediante el Procedimiento de Asignación directa los interesados deberán presentar el trámite de “Asignación Directa de cupo” a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior en la dirección electrónica www.ventanillaunica.gob.mx, adjuntando digitalizado un escrito libre firmado por el interesado o por el representante legal, el cual deberá indicar el monto del cupo requerido, para el año el que solicita la Asignación directa.
  • Los beneficiarios de los cupos TPL1 y TPL2 que no vayan a hacer uso de la asignación total o parcial otorgada mediante este Procedimiento, deberán realizar la devolución del monto asignado que NO utilizarán, a más tardar el 30 de junio de cada año. La devolución dentro de este plazo, no ameritará sanción. Los montos devueltos al 30 de mayo de cada año serán asignados a través del Procedimiento de Asignación de Licitación Pública.

 

Los montos devueltos al 30 de junio de cada año serán asignados a través del Procedimiento de Asignación directa en la modalidad de Primero en Tiempo, Primero en Derecho. Si los beneficiarios realizan la devolución de la asignación total o parcial después del 1 de julio y hasta el 30 de septiembre de cada año, se sancionará al beneficiario y se sujetará al monto máximo a asignar para el siguiente periodo

  • Se menciona que los interesados en participar en la licitación pública que presenten los requisitos mencionados en el 2.3.2. en el caso de no recibirse acuse de recibo en un plazo máximo de 24 horas hábiles después del envío del correo electrónico, se deberá presentar la información antes mencionada en la Ventanilla de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, sita en Calle Insurgentes Sur número 1940, Colonia Florida, Demarcación territorial Álvaro Obregón, C.P. 01030, Ciudad de México o en las Oficinas de Representación en la entidad federativa más cercana al domicilio del interesado.

 

Consulta la publicación en la Circular G-0340/2021, en la base de datos de CAAAREM.

 

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  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
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