Se establece un cupo para importar en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2021 al 31 de diciembre de 2021, Habas (frijoles, porotos, fréjoles) de soja (soya), incluso quebrantadas, como se indica en la siguiente tabla:
Fracción arancelaria | Descripción | Acotación | Monto (toneladas) |
1201.90.02 | Cuando la operación se realice dentro del periodo comprendido entre el 1o. de octubre y el 31 de diciembre. | Excepto para siembra | 500,000 |
Asignación del cupo
El cupo a que se refiere el punto Primero del presente Acuerdo se asignará bajo el procedimiento de asignación directa en su modalidad de “Primero en tiempo, Primero en derecho”.
Solicitudes de cupo
Los interesados en la obtención del cupo a que se refiere el presente Acuerdo deberán presentar el trámite de “Asignación Directa de cupo” a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior en la dirección electrónica www.ventanillaunica.gob.mx o en la Oficina de Representación en la entidad federativa de la Secretaría de Economía que corresponda al domicilio del interesado, utilizando el formato SE-FO-03-033 “Asignación directa de cupo de importación y exportación”, adjuntando digitalizada la factura comercial del producto a importar, el conocimiento de embarque, la carta de porte o guía aérea, según sea el caso, y la firma electrónica (e.firma) del interesado.
Consulta los detalles en la Circular G-0389/2021, en la base de datos de CAAAREM.
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