Se establece un cupo para importar a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo y hasta el 30 de junio de 2022, carne de pollo fresca, refrigerada o congelada, con el arancel-cupo:
Fracción arancelaria |
NICO |
Descripción |
Monto en toneladas |
0207.11.01 |
00 |
Sin trocear, frescos o refrigerados. |
30,000 |
0207.12.01 |
00 |
Sin trocear, congelados. | |
0207.13.04 |
03 |
Piernas, muslos o piernas unidas al muslo. | |
04 |
Alas y sus partes. | ||
05 |
Pechuga, sus trozos y recortes, con hueso. | ||
06 |
Filetes de pechuga y pechuga, sus trozos y recortes, sin hueso (deshuesada) | ||
99 |
Los demás | ||
0207.14.99 |
02 |
Piernas, muslos o piernas unidas al muslo | |
03 |
Alas y sus partes | ||
04 |
Pechuga, sus trozos y recortes, con hueso. | ||
05 |
Filetes de pechuga y pechuga, sus trozos y recortes, sin hueso (deshuesada) | ||
99 |
Los demás (excepto carcazas) |
El cupo a que se refiere el punto Primero del presente Acuerdo se asignará bajo el procedimiento de asignación directa en su modalidad de “Primero en tiempo, Primero en derecho”.
Solicitudes de cupo
Los interesados en la obtención del cupo a que se refiere el presente Acuerdo deberán presentar el trámite de “Asignación Directa de cupo” a través de la VUCEM o en la Oficina de Representación en la entidad federativa de la Secretaría de Economía que corresponda al domicilio del interesado, utilizando el formato SE-FO-03-033 “Asignación directa de cupo de importación y exportación”, adjuntando digitalizada la factura comercial del producto a importar y copia del conocimiento de embarque, guía aérea o carta de porte a nombre del importador, con fecha de emisión posterior a la fecha de publicación del presente Acuerdo y se deberá utilizar la firma electrónica (e.firma) del interesado.
Consulta la publicación completa en la Circular G-0053/2022, en la base de datos de CAAAREM.
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