Aspectos que incorporan estos criterios sobre la NOM:
- A partir de cuando se verificará el cumplimiento de los cambios que trae consigo la NOM.
- Los casos en los que se considerará que NO existe infracción al cumplimiento de aquella NOM.
- Los casos en los cuales no les será posible a las Unidades de Verificación, emitir Constancias o Dictámenes.
- La delimitación de la responsabilidad en la información que proporcionen a las Unidades de Verificación.
Consulta los detalles en la Circular G-0291/2020, en la base de datos de CAAAREM.
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