Referente a la situación de que existen operaciones de regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, en términos de las referidas RGCE que fueron validados y pagados con anticipación a la publicación del Decreto de fecha 27/02/2022 y de la Cuarta versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2022.
Al respecto, a través del oficio al rubro, la autoridad dispone que para la regularización de vehículos usados al amparo del Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, mediante pedimentos validados y pagados con anterioridad a la modificación del Decreto publicado en el DOF del 27/02/2022 y que no han sido presentados ante el mecanismo de selección automatizada, es factible que puedan presentarse ante el mecanismo de selección automatizado para su modulación atendiendo para ello al procedimiento previsto en las reglas adicionadas a las RGCE de fecha 4/02/2022 en el portal del SAT como “3a. RMRGCE 2022 Tercera Versión Anticipada”, vigente hasta antes de publicarse la “4a. RMRGCE 2022 Cuarta Versión Anticipada”.
Así mismo dispone que la regularización de vehículos así efectuada debe considerarse concluida hasta en tanto el importador lleve a cabo el registro correspondiente ante el REPUVE, tal como se prevé en el artículo 7 del Decreto publicado el 19/01/2022, que es conforme al cual, se estaría llevando a cabo el procedimiento.
Consulta el oficio en la Circular T-0025/2022, en la base de datos de CAAAREM.
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