Considerando los antecedentes de las problemáticas que se han presentado con las operaciones de comercio exterior relacionados con pedimentos consolidados tanto de importación como de exportación, y a fin de prevenir la afectación para el cierre de las citadas operaciones realizamos las siguientes recomendaciones:
Para el caso de operaciones de mercancías, ,cuya fracción arancelaria se hubiera modificado al amparo de la nueva TIGIE, se recomienda que procuren efectuar el cierre del pedimento consolidado el día 11/12/2022, ya sean que se trate de pedimentos consolidados semanales o mensuales, con presentación física o virtuales.
Caso contrario, es decir si la fracción arancelaria no hubiera sufrido modificación en relación con la nueva TIGIE, no habría afectación al cierre, por lo que la operación se podrá cerrar en los plazos establecidos en la nomatividad aplicable.
Consulta la Circular G-0482/2022, en la base de datos de CAAAREM.
Contrata Database Consulting para tener acceso a las circulares.