La Dirección General de Normas (DGN), nos ha informado de manera económica, lo siguiente respecto a los certificados de conformidad en la NOM-070-SCFI-2016:
“Los certificados de conformidad en la NOM-070-SCFI-2016 deberán aceptarse sin restricción alguna siempre y cuando provengan del o los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC) acreditados y aprobados de conformidad con la normatividad vigente, es decir no se deberá limitar a que contengan código QR o no, siempre y cuando provengan del OEC con la competencia técnica y la aprobación por parte de esta Dependencia, lo anterior con el objetivo de facilitar la exportación de las mercancías sujetas a la NOM-070-SCFI-2016.”
Considera está información para tus operaciones y consulta la Circular G-0248/2021, en la base de datos de CAAAREM.
Contrata Database Consulting para tener acceso a las circulares.