Derivado de la publicación del 07 de junio 2022 mediante la cual se dio a conocer la Nueva Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, que implementa la Séptima Enmienda, la modificación a diversas fracciones arancelarias, actualización y adecuación acorde a los flujos actuales de comercio internacional, así como contemplar la creación de los Números de Identificación Comercial (NICO), resulta necesario actualizar el presente Acuerdo a fin de armonizar las fracciones arancelarias contenidas en el mismo, conforme a los cambios referidos en la Nueva LIGIE 2022.
En este sentido, se reforman los Anexos I, II,III, IV, V y VII del presente Acuerdo, para quedar como sigue:
ANEXO I
BIENES DE USO DUAL SUJETOS A PERMISO PREVIO DE EXPORTACIÓN EN TÉRMINOS DE LAS LISTAS DESARROLLADAS EN EL ARREGLO DE WASSENAAR (AW)
Se eliminan las fracciones 6815.10.99, 3920.99.02, 9027.80.04, 8515.80.03, 8460.23.05, 8460.24.02, 7806.00.03, 2903.39.99, 6815.10.99, 8109.20.01, 8482.50.01, 8482.80.01, 8505.90.06, 8460.23.05, 8460.24.02, 8462.99.99, 8514.40.02, 8548.90.99, 8505.90.06, 8541.40.04, 9031.80.02, 8471.49.01, 9030.33.07, 9030.89.05, 2931.39.99, 8471.49.01, 8471.80.04, 8517.70.99, 8471.49.01, 8517.70.99, 8517.12.02, 8517.69.19, 8471.80.04, 9014.80.03, 8525.80.04, 9027.50.99 y se adicionan 119 fracciones arancelarias.
Se eliminan las fracciones arancelarias 2841.50.03, 2903.77.05, 2903.78.01, 8109.20.01, 8482.50.01, 8482.80.01, 9014.80.03, 8517.70.99, 9010.50.01, 9013.80.02.
Se adicionan las siguientes fracciones arancelarias: 8704.52.02, 8704.52.99, 2928.00.99, 2841.50.91, 2903.77.91, 2903.78.91, 8109.21.01, 8109.29.99, 8112.31.01, 8112.41.01, 8482.50.91, 8482.80.91, 8807.90.99, 9014.80.91, 8517.71.01, 8517.79.99, 6506.10.01, 6507.00.01, 9010.50.91, 9013.80.91.
ANEXO III
SOFTWARE Y TECNOLOGÍA SUJETOS A PERMISO PREVIO DE EXPORTACIÓN EN TÉRMINOS DE LAS LISTAS DESARROLLADAS EN EL ARREGLO DE WASSENAAR (AW), GRUPO DE SUMINISTRADORES NUCLEARES (GSN) Y GRUPO AUSTRALIA (GA).
Se elimina de este Anexo la fracción arancelaria 8523.29.09; en su lugar se adiciona la fracción arancelaria 8523.29.91, donde se contemplan las demás cintas magnéticas grabadas.
ANEXO IV
LISTA DE EQUIPOS Y MATERIALES DE USO DUAL DEL ÁMBITO NUCLEAR, SUJETOS A PERMISO PREVIO DE EXPORTACIÓN EN TÉRMINOS DE LAS LISTAS DESARROLLADAS EN EL GRUPO DE SUMINISTRADORES NUCLEARES (GSN).
Se eliminan de este Anexo las fracciones 8525.80.05, 8514.10.03, 8414.10.99, 8514.30.99, 7019.90.99, 6815.10.99, 7019.90.99, 8112.99.99, 8505.90.06, 8505.90.06, 8525.80.05, 9026.80.03, 8539.50.01, 8540.60.02, se adicionan 44 fracciones arancelarias.
ANEXO V
LISTA DE CONTROL DE: SUSTANCIAS QUÍMICAS PRECURSORAS; INSTALACIONES Y EQUIPOS DE FABRICACIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS DE USO DUAL; EQUIPOS BIOLÓGICOS DE USO DUAL; AGENTES BIOLÓGICOS; PATÓGENOS VEGETALES; Y PATÓGENOS ANIMALES, SUJETOS A PERMISO PREVIO DE EXPORTACIÓN EN TÉRMINOS DE LAS LISTAS DESARROLLADAS EN EL GRUPO AUSTRALIA (GA).
Se eliminan de este Anexo las fracciones 2931.39.99, 2933.39.24, 3017.29.06,3917.32.03, 8109.90.99, 9403.20.03, se adicionan 54 fracciones arancelarias.
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