El 23/02/2021 se concedió, dentro del amparo 16/2021, la suspensión definitiva de todos los efectos y consecuencias derivados del Acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la SENER, publicado en el DOF el 26/12/2020.
La suspensión que refiere el presente Acuerdo entrará en vigor a partir de hoy 03 de marzo de 2021 y estará vigente hasta en tanto cause ejecutoria la resolución que se dicte en el juicio de amparo 16/2021, o bien, hasta que la situación jurídica respecto del instrumento normativo en cuestión se modifique y deje de surtir efectos la medida cautelar dentro del amparo de referencia.
Durante la suspensión, a la importación y exportación de petrolíferos e hidrocarburos, les será aplicable el Acuerdo por el que se establece la clasificación y codificación de Hidrocarburos y Petrolíferos cuya importación y exportación está sujeta a Permiso Previo por parte de la SENER, publicado en el DOF el 29/12/2014, y sus posteriores modificaciones.
Consulta los efectos en la operación en la Circular G-0090/2021, en la base de datos de CAAAREM.
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