Actividad Aduanera

Acuerdo por el que se instruyen diversas acciones en relación a la importación definitiva de vehículos usados

Objetivo

Instruir a las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP), de Economía y de Seguridad y Protección Ciudadana, dentro del ámbito de sus competencias, a elaborar un Programa que incentive a las personas físicas que residen en la región fronteriza norte, para llevar a cabo la regularización de los vehículos automotores usados, de procedencia extranjera, que se encuentren en dichos estados, con base en el Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados vigente. Dicho Programa deberá comprender entre otro lo siguiente:

• Acciones de comunicación social, en términos de la Ley General de Comunicación Social.
• Otorgamiento de facilidades administrativas.
• En su caso, la elaboración de un nuevo proyecto de Decreto para regular la importación definitiva de vehículos usados que se encuentren en territorio nacional a la entrada en vigor del presente Acuerdo, etc.

Región Fronteriza norte

Comprende los estados de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, y en el estado de Baja California Sur.

Destino de ingresos por las infracciones de no retornar en los plazos dispuestos los vehículos usados importados temporalmente

Los ingresos que se obtengan por las contribuciones derivadas de la importación definitiva de vehículos usados en la Región Fronteriza Norte y el Estado de Baja California Sur y por las sanciones aplicadas con motivo de las infracciones en que incurran las personas físicas por exceder el plazo de retorno de vehículos usados importados temporalmente a dicha Región y entidad federativa, serán destinados conforme a lo que establezca la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente.

 

Consulta el Acuerdo completo en la Circular G-0409/2021, en la base de datos de CAAAREM

 

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Revisión integral de todas las categorías normativas al comercio exterior

  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.