Actividad Aduanera

Acuerdo de mercancías reguladas por la SEMARNAT

Lo más relevante:

Serán adicionadas las fracciones arancelarias 4420.10.02 “De Olinalá”, 4420.10.99 “Los demás” y 4420.90.01 “De Olinalá”, a los incisos c) y d) del Anexo I del Acuerdo que establece as mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la SEMARNAT.

  • Inciso c) Productos y subproductos forestales, sujetos a Regulación y a Verificación en puntos de entrada a territorio nacional.
  • Inciso d) Productos y subproductos forestales, sujetos a Regulación por la SEMARNAT, y al cumplimiento de lo señalado en las Normas Oficiales Mexicanas fitosanitarias o, en su caso, en los Certificados Fitosanitarios de Importación u Hojas de Requisitos Fitosanitarios para la Importación de materias primas, productos y subproductos forestales, y a verificación en el punto de entrada al territorio nacional.

Se eliminará la fracción arancelaria 4420.10.01 (surpimida) de los incisos c) y d) del Anexo I del acuerdo mencionado en el punto que antecede.

Consulta el Acuerdo en la Circular G-0029/2022, en la base de datos de CAAAREM.

Contrata Database Consulting para tener acceso a las circulares.

error: ¡Contenido protegido!

El único Prevalidador de pedimentos con un servicio integral de 360º

Revisión integral de todas las categorías normativas al comercio exterior

  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.