El Servicio Nacional de Comercio Exterior (SNICE) dio a conocer a través de su portal web, la actualización de las Preguntas Frecuentes relacionadas con el “Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios en materia de comercio exterior”, con el objetivo de esclarecer algunas dudas de los interesados.
Nuevas preguntas:
¿Se pueden comercializar los productos previa a la obtención del certificado o dictamen NOM bajo los supuestos de los oficios 414.2020.827 y 414.2020.963?
En caso de que dichos productos como resultado del Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad (PEC) corresponda a una no conformidad, dichos productos no podrán comercializarse en territorio nacional hasta en tanto el Organismo de Certificación o Unidad de Inspección concluya el PEC con resultados favorables y sean conformes a las Normas Oficiales Mexicanas.
¿Qué capacidad tiene la VUCEM para anexar documentos en los distintos trámites de la Secretaría de Economía?
Para el caso de la Fe de Hechos en IMMEX y PROSEC, la VUCEM tiene capacidad de anexar documentos de 10 MB (al menos 5 archivos de 10MB), si necesitaras más, existe la posibilidad de agregar, según lo solicite la empresa. Para los trámites en general tiene capacidad de 3MB; en caso de que tengas algún problema y tu documento sea más grande, por favor envíanos las pantallas de inicio a fin del trámite que estas realizando, incluyendo en el cuerpo del correo, nombre del trámite y nombre del requisito a la cuenta de correo snice@economia.gob.mx.
Consulta todas las preguntas en la Circular G-0247/2022, en la base de datos de CAAAREM.
Contrata Database Consulting para tener acceso a las circulares.