De conformidad con lo dispuesto en los “Lineamientos para el trámite de Gafetes de Identificación y de Gafetes Únicos de Identificación en los recintos fiscales y fiscalizados”, rubro B “Procedimiento para tramitar y obtener el GUI de los agentes y apoderados aduanales”, como es de su conocimiento, en caso de que el agente aduanal, modifique las aduanas en las que actúa, para cambiar de aduana de adscripción, realizar un alta o baja de alguna de sus aduanas autorizadas, para efecto de relacionar el dato de la aduana de manera correcta a su gafete único de identificación (GUI), es importante que actualicen su información a través de la VUCEM (numeral 12. “Modificación de información en la Ventanilla Digital” de los referidos Lineamientos).
Nota: Para lo anterior, es importante que previamente hayan solicitado su tramite de modificación ante la ANAM y cuenten con respuesta favorable; para cualquier duda con dicho trámite comunicarse a nuestra área jurídica.
Por otra parte, les comunicamos que en caso de que cuenten con el documento de la autorización correspondiente, emitida por la autoridad competente y en la VUCEM, no se vean reflejados los cambios solicitados, es importante que verifiquen directamente con la autoridad que les haya emitido dicha autorización, con la finalidad de que validen las aduanas que tengan como autorizadas para la patente del agente aduanal, así como de que le hayan comunicado al SAT los cambios para que actualicen los mismos dentro de la ventanilla, ya que en tanto no den dicho aviso, la información no podrá actualizarse y en consecuencia no podrán realizar la relación del dato correcto de las aduanas autorizadas en el GUI del agente aduanal.
Consulta la Circular T-0029/2023, en la base de datos de CAAAREM.
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