Actividad Aduanera

Actualización 7ma Enmienda de la TIGIE

Derivado de la entrada en vigor el próximo 12 de diciembre de 2022 de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (Nueva TIGIE), publicada en el DOF el 07 de junio de 2022, algunas autoridades han establecido procedimientos para la realización de sus trámites de regulaciones y restricciones no arancelarias.

De manera general se establecen criterios para el caso de SADER y la S.E. respecto a que los permisos o autorizaciones podrán seguir siendo utilizados en los términos en los que fueron expedidos y no será necesario solicitar una reexpedición de los mismo con la nueva fracción arancelaria.

Asimismo, se disponen fechas límites para realizar trámites al amparo de las fracciones arancelarias anteriores.

También se establece el cierre de la ventanilla en el caso de la S.E.  para efecto de actualizar los sistemas y actualizar los catálogos de fracciones arancelarías.

Secretaría de Economía

Para el caso de la S.E., se realizan recomendaciones conforme a la Hoja informativa No. 7 del 14/11/2022, respecto de los siguientes trámites:

  • Permisos de Importación y Exportación (Agropecuarios, Control de exportaciones, vehículos, Regla 8ª).
  • Avisos automáticos de importación
  • Certificados de origen
  • Registros fronterizos
  • Programas de fomento
  • Esquema alternativo para el cumplimiento de Avisos automáticos de importación de acero.
  • Normas Oficiales Mexicanas
  • Drawback

Nota: Existen trámites como ampliaciones de IMMEX, PROSEC, entre otros, los cuales seguirán operando de manera continua.

Para el caso de los trámites con SADER, se realizan recomendaciones conforme a la Hoja informativa 8 de fecha 28/11/2022, dentro de lo que destacamos los siguientes criterios:

  • Si el arribo del cargamento es antes del 09 de diciembre, programarse para que las liberaciones de los trámites los concluyan el 09 de diciembre de 2022 en todas sus etapas (documental y física).
  • Si no se ha iniciado ninguna solicitud y el arribo del cargamento es el día 12 de diciembre o días posteriores, se sugiere que inicien la captura documental a partir de las 07:00 horas de ese día con el fin de que las resoluciones salgan con la nueva fracción arancelaria.
Consulta la Circular G-0461/2022, en la base de datos CAAAREM.

 

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  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.