Han surgido diversas inquietudes respecto de la fracción arancelaria aplicable para aquellos embarque que hubieran arribado con fecha anterior a la entrada en vigor del citado Decreto, derivado de lo cual realizamos las siguientes precisiones:
- Sí conforme al artículo 56 de la Ley Aduanera la fecha de causación de las obligaciones es anterior al 12 de diciembre, se deberá declarar la fracción arancelaria conforme a la TIGIE vigente hasta el 11 de diciembre.
- Sí conforme el artículo 56 de la Ley Aduanera, la fecha de causación de las obligaciones es el 12 de diciembre o posterior, se deberá declarar fracción arancelaria conforme a la TIGIE vigente a partir del 12 de diciembre.
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