Actividad Aduanera

Acciones preventivas para evitar suspensión o inhabilitación de patente

Con el propósito de continuar salvaguardando la actividad que desempeñan nuestros agremiados, es prioritario que continúen verificando y supervisando el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior a fin de NO incurrir en los supuestos de suspensión o inhabilitación de patente por temas de créditos fiscales o incumplimiento de otras obligaciones, por lo tanto, se sugiere:

  • Verificar de manera semanal su OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES del Agente Aduanal, la cual debe encontrase de manera POSITIVA.
  • Generar un archivo histórico con sus opiniones de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo.
  • En caso de advertir alguna inconsistencia o incongruencia en su opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales (créditos fiscales pagados, ganados, garantizados, etc., o declaraciones provisionales o anuales), deberán realizar de inmediato la Aclaración Electrónica correspondiente, conforme al procedimiento previsto en la regla 2.1.37 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Consulta el procedimiento en la Circular T-0086/2022, en la base de datos de CAAAREM.

Contrata Database Consulting para tener acceso a las circulares.

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Revisión integral de todas las categorías normativas al comercio exterior

  • Sintácticos: Solicitud y revisión de datos necesarios en el pedimento (obligatoriedad y datos que deben contener los registros)
  • Estructurales: Revisión ordenada y estructura de los registros conforme a lo establecido en el Manual Técnico SAAI M3
  • Catalógicos: Confronta entre los datos declarados en los registros y la información cargada en las listas o tablas para determinar que se cumple con las disposiciones jurídicas vigentes
  • Normativos: Análisis de la disposición jurídica para su implementación en el sistema y asípoder efectuar la revisión de la información señalada en los registros del pedimento.