Consideraciones para la operación de las autorizaciones vigentes, expedidas por la Sader
- El 7/06/2022 se publicó en el DOF la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (Nueva TIGIE).
- El 22/08/2022, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se dan a conocer las tablas de correlación entre las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE) 2020 y 2022, para identificar las fracciones arancelarias listadas en cada instrumento normativo.
- El 1/09/2022 se publicó el Acuerdo que modifica al diverso que establece las mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Sader, así como la emisión del certificado de origen para la exportación de café.
- Conforme al artículo 20 de la Ley de Comercio Exterior, las mercancías sujetas a restricciones y regulaciones no arancelarias se identificarán en términos de sus fracciones arancelarias, es decir, a 8 dígitos. Los números de identificación comercial (NICO), que se incluyen en los Acuerdo son únicamente con fines de referencia.
- Los documentos expedidos conforme a los instrumentos normativos vigentes hasta el 11/12/2022, seguirán aplicándose hasta su vencimiento, siempre que la descripción de las mercancías señaladas en los mismos, coincida con las presentadas ante la autoridad aduanera Por otra parte, da a conocer recomendaciones para llevar a cabo los trámites de la Sader, que son emitidos por la Vucem, así como para las operaciones de comercio exterior, tales como.
Autorizaciones vigentes:
El día 12/12/2022 y días posteriores, se podrá utilizar el Certificado para Importación Fitosanitario, Zoosanitario o de Sanidad Acuícola en los términos en los que hayan sido emitidos, por lo que, no es necesario solicitar la reexpedición del documento conforme a la nueva fracción arancelaria.
Nuevas solicitudes:
El último día para capturar solicitudes documentales utilizando las fracciones arancelarias de la tarifa vigente, será el día 9/12/2022 antes de las 18:00 horas. se recomienda a los usuarios no subir nuevas solicitudes después de las 18:00 horas del citado día. Las nuevas solicitudes documentales deben subirlas e iniciarlas el día 12/12/2022 asentando las fracciones arancelarias de la nueva tarifa.
Arribo de las mercancías y su despacho:
Si el arribo del cargamento es antes del 9/12/2022, se sugiere programarse para que las liberaciones de los trámites los concluyan el mismo día en todas sus etapas (documental y física). En caso de que no se haya iniciado ninguna solicitud y el arribo del cargamento sea el día 12/12/2022, o días posteriores, se sugiere que inicien la captura documental a partir de las 7:00 hrs de ese día, a fin de que las resoluciones salgan con la fracciones arancelarias de la nueva Tigie.
Consulta la Circular G-0464/2022, en la base de datos de CAAAREM.
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